REFORMA DE LAS LEYES ELECTORALES (I)
Desde la Rectoría que dirijo, hemos estado trabajando en ese tema, señalando cuáles son las leyes que deben reformarse y el por qué, así como la creación de un Código Orgánico Electoral y una Cátedra de Educación Cívica Electoral. En esta primera entrega haré alusión a la Reforma de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones, ley que data del año 1965.

Esta ley, promulgada en una realidad política totalmente diferente a la actual, requiere una intervención profunda para dejar de ser un simple registro de nombres y siglas y convertirse en el motor de una democracia participativa, protagónica y moderna. Pero, ¿Qué es exactamente lo que debemos reformar en esta ley? Hemos identificado tres puntos críticos: 1. Democratización Interna y Transparencia (art. 67 CRBV): La reforma debe exigir que las autoridades partidistas sean renovadas periódicamente, permitiendo a sus militantes postularse a dichos cargos y a candidaturas de elección popular sin dedocracias. Asimismo, es vital precisar la rendición de cuentas pública sobre el origen de sus fondos. 2. Requisitos de Constitución: Con la aprobación de la Ley Orgánica para la Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos, debe revisarse el porcentaje de firmas para la constitución de las organizaciones políticas. Asimismo, proponemos la cancelación automática por la no participación en procesos electorales o por no alcanzar un mínimo de votación que represente, efectivamente, un apoyo popular real. No más “partidos de maletín”. 3. Equilibrio entre Manifestación y Orden Público: El derecho a la reunión pública y la manifestación (Art. 53 CRBV) no puede seguir regido por una norma de hace seis décadas. La reforma debe garantizar el derecho a la protesta pacífica sin que esto sea criminalizado, pero también establecer protocolos claros que protejan el derecho al libre tránsito y la paz ciudadana. En la próxima entrega, hablaremos de la Ley Orgánica de Procesos Electorales y el cómo establecer un sistema de representación proporcional efectiva, que garantice que las minorías tengan el espacio que legítimamente les corresponde en la democracia.
CÓDIGO ORGÁNICO ELECTORAL Y EDUCACIÓN CÍVICA ELECTORAL

La reforma de las leyes electorales es solo la mitad del camino. Para garantizar una estabilidad institucional real, no podemos seguir aplicando “remiendos” legislativos cada vez que se acerca un evento electoral. Desde esta Rectoría, sostenemos que el país reclama un cambio de estructura, y eso pasa por dos proyectos ambiciosos que hoy ponemos sobre la mesa: el Código Orgánico Electoral y la Cátedra de Educación Cívica Electoral. 1. Código Orgánico Electoral: En la actualidad, nuestras normas electorales están dispersas en un laberinto de leyes, reglamentos y resoluciones del CNE que a menudo se contradicen o dejan lagunas a la interpretación política de turno. ¿Qué buscamos? Unificar toda la normativa en un solo cuerpo legal orgánico. ¿Para qué? Para que las reglas del juego sean permanentes, predecibles y no muten a conveniencia. Un Código que blinde el proceso desde la inscripción en el registro electoral hasta la proclamación de resultados. 2. Cátedra de Educación Cívica Electoral: Las leyes, por sí solas, no hacen la democracia; la hacen los ciudadanos que las comprenden y las respetan. Hemos propuesto la creación de una Cátedra que sea obligatoria y transversal. El objetivo: Erradicar el analfabetismo democrático. Un ciudadano que sabe cómo se cuentan los votos, qué hace un testigo de mesa y cuáles son sus derechos ante un ventajismo, es un ciudadano que no se deja manipular. La meta: Que el acto de votar deje de ser un trámite emocional o mecánico para convertirse en un ejercicio de soberanía consciente y técnica. Formar antes de votar. Educar es dignificar, liberar y construir un futuro. En las próximas entregas desglosaré cómo este Código Orgánico vendrá a poner orden en la casa y cómo la educación cívica será el escudo protector de nuestra democracia. La política pasa, pero las instituciones quedan.
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