Cartas | Esto, eso y aquello, todo eso es mío (II) | Por: Juancho Barreto

 

Por: Juancho José Barreto González

Alonso de Ojeda, capitán piloto y cartógrafo, acompañante en el segundo viaje de Cristóbal Colón, después del tercer viaje de éste, decide montar su propia empresa exploratoria de las tierras oteadas por Colón.

Ya con el título de Capitán y amparado por el obispo Juan Rodríguez de Fonseca, encargado de estos asuntos del “nievo mundo” por la corona, con Alonso de Ojeda y su primer viaje “la Corona implementaba también un procedimiento distinto al utilizado en los viajes colombinos, pues se inauguraba ahora “…el sistema de descubrimiento y rescate, es decir a descubrir sin pago por la Corona de tripulaciones ni aprestos, lo que corría a cargo de los participantes, a cambio de la utilidad que obtuvieran del ‘rescate’ con los indios…” A partir de entonces, de hecho, se destituía a Cristóbal Colón como Virrey de las Indias, para dar comienzo a la libertad de navegación bajo el régimen de licencias y capitulaciones, lo cual significaba el fin del monopolio colombino y la transferencia de su “idea asiática” a la del “Nuevo Mundo”, que el mismo había planteado en la carta del tercer viaje” (Alí E. López B, en El descubrimiento del Lago de Maracaibo como consecuencia del tercer viaje de Cristóbal Colón, p.p. 27-8). La Corona va cambiando sus procedimientos de acuerdo a sus intereses de descubrimiento y ocupación, adaptando para ello su instrumental jurídico que le daba legalidad y propiedad sobre “los archipiélagos del Atlántico”, propiedad conflictuada con los portugueses quienes se amparan en la bula Romanus Pontifex firmada por el Papa Nicolás V el 8 de enero de 1455, donde se prohíbe a los castellanos navegar a la altura de las Canarias) pasando por toda Guinea y aun «más allá hasta donde se extiende la playa meridional».

Ninguna “potencia” se queda con los brazos cruzados frente a semejante pérdida. Es rancia la disputa por las rutas “comerciales”. En 1474, al morir el rey de Castilla Enrique IV, se genera una guerra interna en la península entre lusitanos y castellanos. Castilla, ya presidida por la reina Isabel, esposa de Fernando de Aragón, decide romper la bula Romanus Pontifex y disputa en la práctica la zona de Guinea. Va a expresar la susodicha reina en una de sus provisiones “éstos de gloriosa memoria mis progenitores, de donde yo vengo, siempre tuvieron la conquista de las partes de África e Guinea… fasta que nuestro adversario de Portugal se entremetió”.

Por supuesto, entre otras cosas, tales cortes contaban con un Tribunal Supremo de Justicia para la disputa por el mundo conquistable. Cinco años después, en 1479, por gestiones de ambos lados, se firma un tratado de paz conocido como Tratado de Alcácovas. En este tratado, los reyes católicos reconocen la propiedad portuguesa del norte de África. Guinea será entonces de los lusitanos y Canarias de los católicos. La historia de los tratados de este tipo comporta la historia del reparto entre poderes mundiales que se creen con la capacidad de hacerlo, y lo hacen. Colocan, agregan y/o modifican capítulos donde se reparten las guineas y las canarias, se delimitan propiedades descubiertas o por descubrir, “todo aquello que fuese “fallado o que se fallare conquerir o descobrir en los dichos términos, allende de lo que ya es fallado”.

Colón pasó años corriendo entre un señorío y otro ofreciendo su proyecto de abrir nuevas rutas de navegación a través de la atlántica mar misteriosa. Este proyectista ambicioso se las trae, manejaba mucha información, incluso, como suponen algunos, algún secreto se guardaba. Para la política expansiva del señorío católico no estaba demás probar suerte con la probabilidad que planteaba el futuro y por breves años Vicealmirante: navegar hacia occidente. (Cap. 11, Casa Doble. Memorias breves de una casa amenazada, p.p. 67-69).

 


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