De manera insólita y mientras en otras zonas reclaman el servicio del preciado líquido, por otro lado existe un problema de aguas blancas que afecta a varias comunidades, siendo este un reclamo que constantemente realizan las familias que de una u otra forma se ven afectadas y cuya falla de agua, origina problemas a varios sectores del Jardín de Venezuela que son suscriptores de la empresa Hidroandes, gerencia que ya va para cuatro meses sin un jefe en la Zona II Boconó.
Aunque parezca algo extraído de una fábula, se da el caso de la señora Lilian Castellanos de Barazarte, quien reside en la calle Mons. Jáuregui, Casa Nº 11-142, quien desde hace varios años está padeciendo un problema con las aguas blancas que al comienzo bajaban frente a su vivienda, pero de un tiempo para acá, empezaron a resumirse y ahora esta humedad le está causando serios daños a las paredes y pisos de su casa, lo cual sucede diariamente y desde el mismo momento que el personal de Hidroandes afloja las válvulas para dar comienzo con la prestación del servicio.
Incumbencia del Alcalde
Tras las denuncias realizadas, desde un primer momento, no hubo suficiente interés por parte de los organismos competentes y el tiempo transcurrido se encargo de originar los daños en la residencia de la familia Castellanos Barazarte, que este momento, podrían tener un costo bastante oneroso.
La empresa Hidroandes fue debidamente informada desde el mismo instante, pero estos no reportaron la falla referida. En todo caso, también desde la alcaldía quienes deberían velar por el buen funcionamiento de los servicios públicos, tampoco en estos años se han dado cuenta del problema existente, quizá porque crean que aparentemente no es materia de su competencia, pero se da el caso, que este problema es de la incumbencia del alcalde, quien está obligado a velar por el buen funcionamiento de los servicios públicos (Crbv Art. 178); también el Concejo Municipal según lo establece la Loppm Art- 95 y si se requiere de un departamento legal, también y según la Ley correspondiente, en la municipalidad está la Sindicatura Municipal que tiene atribuciones según la Loppm en el Art. 118. Si lo anterior no fuese suficiente, tanto la Dirección de Servicios Públicos, como la Dirección de Ingeniería Municipal por ser órganos auxiliares de la alcaldía, también tienen injerencia directa en la consecución de la solución de un problema público que está afectando la comunidad.
Tiempo suficiente
El caso es que provisionalmente instalaron la manguera por la parte externa, pero como muchas cosas en este país, lo que se hizo para momentáneamente salir del paso, ahora y según la denunciante, tiene más de 2 años, tiempo suficiente para originar la humedad que está dañando paredes y pisos de la vivienda Nº 11-142, ubicada en la calle Mons. Jáuregui, diagonal con la sede de la Policía Municipal.