La legalidad del proceso de primaria de la oposición no está en discusión. Quienes tienen legitimidad para denunciar irregularidades sobre esta jornada son los candidatos que perdieron y, hasta ahora, ninguno de ellos lo ha hecho.
Así lo dejó claro el codirector de la ONG Acceso a la Justicia, Ali Daniels, quien aseguró que no hay ninguna inconstitucionalidad en un acto donde los mismos involucrados han aceptado los resultados y se han visto satisfechos con los votos que obtuvieron.
De acuerdo con el artículo 67 de la Constitución se establece la obligación de que los partidos políticos escojan a sus candidatos en primaria, y el artículo 223, numeral 6, habla de que las elecciones de los partidos son potestad del Consejo Nacional Electoral (CNE), pero esta obligación es respecto de elecciones internas de los partidos políticos, y no es el caso de la primaria.
Daniels resaltó que el proceso del 22 de octubre no se trata de una elección interna porque, por el contrario, se está escogiendo fuera del seno de los partidos a una persona que los represente. “De hecho, la que resultó electa ni siquiera tiene partido político, porque recordemos que Vente Venezuela no es reconocido como tal partido por el CNE”.
Aún en el supuesto de considerar la primaria una elección interna, la Ley Orgánica de Procesos Electorales señala que en estas la participación del CNE está supeditada a que sea una solicitud de los partidos.
“Entonces, no es inconstitucional, esto es una situación entre privados, donde nadie puede, salvo los directamente involucrados, nadie puede pronunciarse y es un exabrupto que alguien ajeno al proceso de primaria, en este caso un diputado oficialista, pretenda tener la legitimidad para hacerlo”.
Antecedentes recientes
Este mismo, el partido Primero Justicia escogió a Enrique Capriles como su candidato en unas elecciones internas en las que el CNE no tuvo ninguna participación y nadie del oficialismo cuestionó ese proceso.
“De modo que, no por uno, sino por varios hechos, el propio CNE ha señalado que no es competencia exclusiva de él realizar elecciones primarias, y los hechos lo son elocuentes, sobre todo por las reuniones que hubo entre ellos (la plataforma unitaria y el CNE) antes, como por el hecho de que el partido Primero Justicia ha realizado esa actividad sin que fuese cuestionado”.
Daniels dijo que si el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordena que se realice de nuevo la primaria, tiene un problema, porque la Comisión Nacional de Primaria o los partidos políticos no tienen que obedecer esa decisión, “es decir, esto no es algo que se pueda obligar mandando un piquete a la Guardia Nacional o por la coacción pública, sino que depende enteramente de que los responsables de la primaria quieran repetirla”.
Analizó que si suspender los efectos del proceso se traduce en que no se pueda postular María Corina Machado, eso se puede llevar al plano del consenso.
“Entonces nos parece una pérdida de tiempo que el gobierno, si es que eso es lo que el TSJ pretende, quiera que la primaria se realice a través del CNE, sobre todo porque la Comisión Nacional de Primaria no se reunió una vez, se reunió varias veces, tanto con este CNE como el que fue disuelto antes de este, y en ningún momento el CNE, que es el supuesto afectado de todo esto, les dijo, que sus competencias estaban siendo usurpadas o que él era el que tenía el monopolio para realizar primarias. Entonces, no es cierto que tienen que hacerse por parte del CNE, porque el mismo órgano dio carta libre para que se hiciera de manera autogestionada”.